COMUNICADO CONSEJO ANDALUZ DE PROCURADORES SOBRE EL MES DE AGOSTO DE 2020
03/09/2020
El Consejo Andaluz de Colegios de Procuradores de los Tribunales, reunido en sesión plenaria el día 31 de agosto de 2020, analizando y valorando la habilitación extraordinaria del mes de agosto de 2020, por parte del Ministerio de Justicia, mediante RDL 16/2020, la aplicación de las medidas acordadas y su desarrollo, y en base a los informes y estadísticas colegiales efectuados al respecto, ha acordado emitir el siguiente COMUNICADO:
Este Consejo expresa públicamente su malestar, ya que, la medida adoptada, en lugar de resolver las dificultades y atrasos generados por la pandemia COVID-19, ha provocado grandes problemas y nulos resultados.
La habilitación parcial del mes de agosto, tal y como se había manifestado expresamente por la Procura y reiterado por parte de los diez Colegios de Procuradores de Andalucía, era una medida no consensuada con el Ministerio de Justicia, sin que de ella fuera a resultar la más mínima agilización, ante los atascos endémicos y estructurales que se padecen en la Administración de Justicia. Con ella se ha obligado a trabajar sin descanso a los procuradores, impidiendo la desconexión y la conciliación familiar, y en contraposición a dicha imposición se ha mantenido el respeto a las vacaciones de los funcionarios, jueces, fiscales y letrados de administración de justicia, mientras que los procuradores se verán obligados a trabajar dos años de forma ininterrumpida, pese a no suponer mejora ni avance para la justicia.
No se ha dado continuidad a la actividad judicial durante este mes, ni se ha reactivado la misma, ni se ha recuperado para los ciudadanos este servicio público esencial, ni la Administración de Justicia ha realizado ningún esfuerzo adicional para garantizar y proteger los derechos de los ciudadanos en este ámbito, ni las Administraciones competentes han desarrollado una labor organizativa para llevarla a cabo.
La inutilidad de esta medida venía avalada por el Proyecto de Ley, en tramitación en las Cortes Generales, que acordaba no hacer efectiva la habilitación en este mes de agosto, pero que, paradójicamente, no ha podido ser aprobada en tiempo, precisamente por mantener el Senado sus vacaciones en su completa integridad, consagrándose como una total falta de ejemplaridad que acrecienta, aún más, la discriminación que hemos padecido los profesionales jurídicos, que a causa de sus vacaciones, no han entrado en vigor los acuerdos que hubieran restablecido las nuestras.
Este Consejo, y especialmente ante los estudios estadísticos resultantes de los informes emitidos por los Colegios andaluces, comunica que el “esfuerzo extra” impuesto a los procuradores, les ha imposibilitado su derecho constitucional al descanso vacacional, reconocido también por la Declaración Universal de Derechos Humanos a las personas, con el atentado a la salud que ello puede implicar, siendo quienes soportan una carga específica de tramitación de las notificaciones y gestiones que conllevan, con el agravante de que no ha servido para solucionar, en lo más mínimo, el atasco que padece la Justicia, denunciando que durante los días inhábiles, comprendidos entre el 1 y el 10 de agosto, se ha incrementado notablemente el incumplimiento legal del Art. 162.2 LEC, habiéndose remitido por los juzgados actos de comunicación que no eran hábiles para dichas actuaciones, como prescribe la ley; en algunos casos, recibiendo en 6 días el cuádruple de todas las notificaciones indebidas realizadas en el mes de agosto completo de años anteriores, y exigiendo otro enorme esfuerzo, por las disfunciones que implican a los Colegios, encargados de cribar y evitar envíos múltiples que vulneraban la ley, así como para los propios procuradores.
Las recomendaciones efectuadas por la Comisión Permanente del CGPJ de 11 de mayo de 2020, de la Sala de Secretaría General de la Administración de Justicia en su circular 3/2020, así como Sala de Gobierno del TSJA de 2 de junio de 2020 y las instrucciones de Secretarios Coordinadores en cuanto a reducción al mínimo esencial de la práctica de notificaciones, cuyo plazo precluyese entre el 11 y 31 de agosto, han sido contravenidas de forma generalizada, por lo que este Consejo denuncia que han existido envíos masivos de notificaciones sin ningún carácter esencial ni urgente, que perfectamente se podían haber notificado en septiembre, como tradicionalmente se ha realizado, por no considerarse perentorias y, por tanto, no producir merma alguna en el derecho de defensa del justiciable.
Así, se han enviado múltiples notificaciones de señalamientos con fechas previstas de celebración a varios meses o años vista, incluso para diciembre de 2023, firmezas de sentencias, acuses de recibo, archivos de actuaciones e innumerables ejemplos de notificaciones que en nada agilizan los procedimientos, máxime cuando, en muchos casos, en septiembre aún permanecen muchos funcionarios de vacaciones en los juzgados y siguen demorados los trámites procesales. Se han remitido todo tipo de notificaciones sin reducción al mínimo esencial, implicando acudir a los Juzgados y realizar gestiones por incidencias cuyas resoluciones no se han podido resolver, al encontrarse los órganos judiciales mayoritariamente cuasi desiertos, y muchas notificaciones que han abierto trámites, enviadas indebidamente, se han tenido que suspender o atender de forma frágil, por la necesaria espera de la incorporación vacacional de los funcionarios ausentes que las habían remitido. Se ha generado un volumen de trabajo suficiente para dejar sin el descanso necesario a los procuradores, y al mismo tiempo insuficiente para solucionar los preocupantes retrasos en la resolución de los procedimientos judiciales que, más que nunca, continúan afectando a la Administración de Justicia.
Los procuradores, en los momentos más aciagos de la pandemia, hemos padecido la paralización judicial, por carecer esta administración de teletrabajo, mientras manteníamos abiertos y disponibles nuestros despachos profesionales, y hemos sido respetuosos cuando, desde las más altas instancias, se nos ha pedido colaboración para no presentar escritos y demandas, ejerciendo la Procura, más que nunca, su función de colaboradores de la Administración de Justicia, ante esta tesitura, absteniéndonos de dar curso a todo aquello que no fuera esencial. Por contra, durante el mes de agosto, lejos de atenderse el cumplimiento de la prescripción legal de no notificar, salvo lo hábil para esas actuaciones, según dispone el artículo 162.2 LEC, y cumplir las recomendaciones para el envío mínimo de notificaciones, la entidad y volumen de su contravención, ha puesto de manifiesto la falta de voluntad para el cumplimiento de la ley y de las instrucciones emitidas para este mes de agosto, por las autoridades judiciales, generando serias disfunciones, e imposibilitando el descanso de los procuradores, sin que haya supuesto ningún beneficiado al ciudadano, que seguirá padeciendo el mismo letargo e inactividad en la tramitación de sus reclamaciones judiciales, hasta que no se acometan profundas reformas con inversiones y dotaciones en personal, medios y mejoras técnicas.
Este Consejo comunica que ha acordado dar curso a las quejas formales oportunas ante las instituciones correspondientes, en su ámbito competencial, por lo anteriormente expuesto.
Así mismo, este Consejo quiere mostrar su rechazo al contenido del Proyecto de Ley de medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19 en el ámbito de la Administración de Justicia, pendiente de tramitación en el Senado, en la parte que hace referencia a la imposición de graves impedimentos para poder desarrollar nuestros cometidos, en nombre de nuestros representados, y ejercer correctamente el derecho a la representación procesal, ya que entendemos que debe permitirse nuestra actuación profesional de modo presencial, siempre que sea necesario para el buen fin de los procedimientos judiciales, sin requerimientos de citas previas para acceder a las sedes judiciales y garantizando atención telefónica real e inmediata para la solución de circunstancias urgentes que así lo requieran, dado que lo contrario implica aminorar la calidad del servicio que precisan los justiciables, deteriorando el buen funcionamiento de las tramitaciones procesales, en el seno de los tribunales y órganos judiciales.
Los procuradores andaluces estamos, como siempre, a disposición de las autoridades gubernativas y judiciales para aportar la experiencia de nuestro trabajo diario ante Juzgados y Tribunales en orden a corregir y mejorar las deficiencias que aquejan tradicionalmente a la Administración de Justicia, colaborando en cualquier disposición que contribuya a una Justicia ágil y eficaz, en beneficio de nuestros representados y de todos los operadores jurídicos que intervienen en la misma, con medidas consensuadas, prácticas, actuales y siempre desde el cumplimiento de la ley, coadyuvando indiscutiblemente a la consecución del buen funcionamiento de la Administración de Justicia y del interés general.
Granada, a 3 de septiembre de 2020