Acuerdo del Servicio Común General del Tribunal de Instancia de Sevilla
20/05/2026
Con fecha 19 de mayo de 2026, se ha recibido comunicación del Servicio Común General de la Oficina Judicial de Sevilla, mediante el Acuerdo 19/26, en el que se pone de manifiesto la existencia de incidencias derivadas de la incorrecta o incompleta cumplimentación de los datos identificativos en los formularios electrónicos de LexNET.
Dicho Acuerdo insiste en la necesidad de garantizar la adecuada correspondencia entre los datos consignados en el formulario de presentación y los que figuran en el cuerpo del escrito procesal.
Obligaciones de los profesionales
Desde la Dirección del Servicio Común General se recuerda expresamente que, conforme a la normativa vigente (art. 273 LEC y Real Decreto 1065/2015), los profesionales están obligados a utilizar los medios electrónicos ajustándose a sus exigencias técnicas y legales.
En particular, se establece el deber de:
- Cumplimentar de forma completa, exacta y coherente todos los datos del formulario de LexNET.
- Asegurar la concordancia entre el contenido del escrito y los datos introducidos en el sistema.
- Incluir correctamente:
- Identificación de las partes e intervinientes
- Tipo y clase de procedimiento
- Órgano judicial destinatario
- Representación procesal
- Datos identificativos relevantes (NIF, NIE, CIF, etc.)
Consecuencias del incumplimiento
El Acuerdo advierte expresamente que:
- Las omisiones, errores o discordancias relevantes podrán impedir la correcta identificación registral del procedimiento.
- Estas deficiencias podrán dar lugar al rechazo de las demandas y escritos iniciadores, debiendo proceder a una nueva presentación correctamente cumplimentada.
Llamamiento a la colaboración
Desde esta Junta de Gobierno se reitera la importancia de actuar con la máxima diligencia profesional en el uso de las herramientas electrónicas, recordando que:
- La correcta cumplimentación de los datos no es un mero requisito formal, sino un elemento esencial para el buen funcionamiento del sistema judicial.
- La colaboración de todos los operadores jurídicos resulta imprescindible para evitar disfunciones en el registro y reparto de asuntos.
Para su conocimiento íntegro, podéis acceder al
Acuerdo 19/26 del Servicio Común General de la Oficina Judicial de Sevilla, mediante el siguiente
ENLACE
Por último, os rogamos especial diligencia y atención en aquellas demandas o escritos iniciadores que pudiesen estar sujetos a prescripción o caducidad. Respecto a este particular, desde el Colegio se están realizando las oportunas gestiones, de las que os mantendremos informados.
Recibid un cordial saludo.
La Junta de Gobierno
Ilustre Colegio de Procuradores de Sevilla